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“EL EJERCICIO DEL DERECHO DE PETICIÓN DE ADOLESCENTES EN DILIGENCIAS DE COMUNICACIÓN Y TRATO, SEDE DE PAZ, ILOBASCO, 2023”.

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dc.contributor.author Torres Lozano, María Ismelda
dc.date.accessioned 2025-04-08T14:55:29Z
dc.date.available 2025-04-08T14:55:29Z
dc.date.issued 2024-07-19
dc.identifier.citation Asamblea General de las Naciones Unidas. Declaración de los Derechos del Niño Estados Unidos: Naciones Unidas, 1959. Asamblea General de la Naciones Unidas. Convención sobre los Derechos del Niño. 20 de noviembre de mil novecientos ochenta y nueve. Estados Unidos: Naciones Unidas, 1989. Balcázar Nava, Patricia. Norma Ivonne G. Arratia, Gloria Margarita G. Peña y Alejandra Moysén. Investigación Cualitativa. Universidad Autónoma del Estado de México, 2006. Edición en PDF. http://ri.uaemex.mx/bitstream/handle/20.500.11799/21589/Investigaci%c3%b3n%20cualitativa.pdf?sequence=3&isAllowed=y es_ES
dc.identifier.uri http://localhost:80/handle/123456789/715
dc.description La presente investigación se refiere al tema el ejercicio del derecho de petición de adolescentes en Diligencias de comunicación y trato, Sede de Paz de Ilobasco, durante el año 2023; el cual, constituye una garantía que merece ser abordada a la luz de los estándares internacionales y normativa nacional vigente. Por ello, este trabajo parte de la ratificación de la Convención sobre los Derechos del Niño, ya que se inicia en el país un proceso de adecuaciones institucionales y legales tendientes a la dignificación de la niñez y adolescencia; es así, que en Ley Crecer Juntos para la Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia en su artículo 98,1 regula el derecho de petición de adolescentes. «Reconociéndoles el ejercicio personal y directo de este derecho, sin más límites que los derivados de las facultades legales que corresponden a su madre, padre, representantes o responsables».2 es_ES
dc.description.abstract La Ley Crecer Juntos para la Protección Integral de la Primera Infancia, Niñez y Adolescencia, constituye una herramienta efectiva para los derechos humanos de la niñez y adolescencia, respondiendo a cambios que se ajustan a lo establecido en la Constitución de la República y los estándares internacionales como es la Convención sobre los Derechos del Niño. No obstante, en la actualidad aún existen importantes desafíos que deben ser analizados a la luz de los derechos humanos. Por ello, en la presente investigación se indagó como Sede de Paz, garantiza el ejercicio del derecho de petición de adolescentes en las diligencias de comunicación y trato, para ofrecer una respuesta jurídica e innovadora al contexto de la Doctrina de Protección Integral y los derechos humanos, con la finalidad que se garantice el ejercicio de un derecho personalísimo. es_ES
dc.description.sponsorship Dra. Cristina Juárez de Amaya Rectora Dra. Mirna García de González Vicerrectora Académica Ing. Sonia Candelaria Rodríguez Directora Académica Dra. Nadia María Menjívar Morán Decana de la Escuela de Posgrados es_ES
dc.language.iso es es_ES
dc.publisher UNIVERSIDAD EVANGÉLICA DE EL SALVADOR es_ES
dc.subject Convención es_ES
dc.title “EL EJERCICIO DEL DERECHO DE PETICIÓN DE ADOLESCENTES EN DILIGENCIAS DE COMUNICACIÓN Y TRATO, SEDE DE PAZ, ILOBASCO, 2023”. es_ES
dc.title.alternative Informe de Monografía de Investigación Para optar al título de Maestra en Derecho de Niñez, Mujeres y Familia es_ES
dc.type Thesis es_ES


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